La candidatura de Ramón Miranda a la Alcaldía de Garachico está prácticamente descartada. La sentencia del Tribunal Supremo respecto a las inhabilitaciones para el desempeño de cargos públicos ha dejado al exalcalde del municipio sin apenas posibilidades de presentarse a las elecciones del próximo 26 de mayo con su nuevo partido, Agrupación Garachiquense (A’Gara).

Miranda estaba condenado a tres años y un día de inhabilitación especial «para empleo o cargo público que implique la administración y gestión de caudales públicos» por prevaricación administrativa y malversación cuando, siendo alcalde, presidía el Organismo Autónomo del Hospital-Residencia de Ancianos de la localidad. Hasta la semana pasada, se entendía que la inhabilitación especial simplemente se limitaba al cargo concreto que especifica la sentencia, como viene establecido por el Código Penal.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha emitido ahora un fallo unificando criterios, estableciendo que «la causa de ineligibilidad —imposibilidad de ser elegido por los ciudadanos— e incompatibilidad» que establece la ley electoral es aplicable a «cualesquiera que sean los empleos o cargos públicos a los que se refiera dicha pena».

Las directivas del PP y de A’Gara firmaron el acuerdo el 22 de marzo el acuerdo electoral / Adtemexi Fuentes

Hasta ahora, Miranda podía ser elegido concejal del Ayuntamiento de Garachico siempre y cuando no pudiese gestionar dinero público. Al cumplirse su inhabilitación el 8 de junio, nada impedía que, una semana después, el 15 de junio, fuese elegido alcalde en la sesión constitutiva del Ayuntamiento. En cambio, la doctrina del Supremo impide al líder de A’Gara poder ser elegido en los comicios del 26 de mayo, al estar aún inhabilitado por esa fecha.

Con esta sentencia, no tiene ninguna opción

El doctor en Derecho Constitucional y profesor de la Universidad de La Laguna Gerardo Pérez es contundente: Ramón Miranda lo tiene «casi imposible». La única vía que le quedaría al exalcalde sería presentar un contencioso ante el Tribunal Constitucional, que debería resolver antes de las elecciones, pero no es precisamente algo fácil.

«Con la sentencia del Supremo no tiene ninguna opción de que su candidatura sea avalada por la Junta Electoral ni por los juzgados de lo Contencioso-Administrativo», afirma una de las voces más reputadas del Derecho Constitucional en Canarias.

Aun así, Pérez no comparte el fallo del tribunal porque considera que va en contra de los establecido por el Código Penal. «Es tanto como decir que, a efectos de la elección en unos comicios, no hay diferencia entre la inhabilitación absoluta —imposibilidad de ocupar ningún cargo público— y la inhabilitación especial —el caso de Miranda, solo para manejo de caudales públicos—», explica. El profesor universitario considera que, en caso de duda, «siempre hay que interpretar de forma extendida en favor del derecho fundamental y, de forma restrictiva, respecto a la sanción; pero con la sentencia del Tribunal Supremo ha ocurrido al revés».

El Supremo reclama ejemplaridad

En ese fallo, que estima el recurso de casación presentado por el Cabildo de Fuerteventura por otro asunto, el Supremo destaca, en línea con la doctrina del Tribunal Constitucional, la ejemplaridad social exigible a quien ejerce la función pública, máxime si es representante de los ciudadanos.

Miranda, en el momento de su proclamación como candidato a la Alcaldía de Garachico / Adtemexi Fuentes

El tribunal considera que el artículo 6.2 de la LOREG en su última reforma tiene «un sentido omnicomprensivo no limitativo en lo que concierne al art. 23.2 de la Constitución, en aras a una mayor protección de las instituciones públicas, haciendo emerger una orientación más cercenadora respecto a condenados a la pena de inhabilitación especial de empleo o cargo público».

La Sala, en esta sentencia, subraya que «la sociedad contemporánea reclama que empleos y cargos públicos de base representativa no puedan ser ocupados por sujetos que hubieren sido objeto de inhabilitación especial tras una condena penal, independientemente del ámbito de de la Administración Pública en que hubiera tenido lugar la comisión del delito».

Manuel Domínguez (PP) y Alicia Dorta (A’Gara), tras firmar el acuerdo electoral para el 26 de mayo / Adtemexi Fuentes

Alicia Dorta, la mejor posicionada para el relevo

Si finalmente se confirma la imposibilidad de Miranda de presentarse a las elecciones, A’Gara tendrá que buscar a un sustituto. En todas las quinielas vuelve a aparecer Alicia Dorta. Fue precisamente la vicepresidenta de la formación quien firmó con el líder del Partido Popular de Tenerife, Manuel Domínguez, el acuerdo electoral de cara al 26 de mayo.

Ramón Miranda ha señalado a DAUTE DIGITAL que el jueves se reunirá con sus abogados para estudiar la sentencia.

Codirector de DAUTE DIGITAL y redactor en COPE Canarias. Grado en Periodismo por la Universidad de La Laguna y Máster en Innovación en Periodismo por la Universidad Miguel Hernández de Elche.